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Ayudas, en materia educativa, para estudiantes no universitarios afectados por la DANA

AVISO:

La ayuda está destinada a alumnos no universitarios y alumnas no universitarias afectadas por la DANA.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Se deben cumplir los siguientes requisitos establecidos en el artículo 45 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre:

  • Cursar las enseñanzas comprendidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; en la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales o los grados D y E del sistema de formación profesional incluidos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.
  • Que cumplan, además, una de las siguientes condiciones:
    • Residir en cualquiera de los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre; reunir los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas para vivienda establecidas en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y haber presentado la solicitud de las mismas.
    • Que, no teniendo su residencia habitual afectada por los daños provocados por la DANA, los libros de texto, material escolar o de estudio de su propiedad, se encontraran en los centros educativos situados en los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y hubieran quedado inservibles.

Tenga en cuenta: